
La Corte Interamericana de Derechos Humanos declaró responsable al Estado mexicano por la violación sexual y las graves lesiones que sufrió Ernestina Ascencio Rosario en 2007, hechos que provocaron su muerte. El tribunal concluyó que integrantes del Ejército mexicano cometieron la agresión contra la mujer indígena náhuatl de 73 años en la Sierra de Zongolica, Veracruz.
El 25 de febrero de ese año, habitantes de la comunidad de Tetlalzinga encontraron a Ernestina Ascencio gravemente herida en el monte, cerca de un campamento militar. Antes de morir, la mujer relató a su hija, en su lengua materna, que soldados la atacaron sexualmente. Un primer dictamen médico confirmó que la violación causó su fallecimiento, lo que motivó una investigación ministerial en Veracruz.
Sin embargo, el entonces presidente Felipe Calderón afirmó públicamente que la mujer murió por gastritis crónica. Autoridades federales respaldaron esa versión y las instancias locales cerraron el caso, lo que canceló cualquier avance judicial durante años.
En un comunicado emitido desde San José, Costa Rica, la Corte IDH señaló que México incumplió su obligación de brindar atención médica oportuna y adecuada, además de fallar en la investigación de los hechos. El tribunal determinó que la violencia sexual, las lesiones graves y la falta de atención médica derivaron directamente en la muerte de Ernestina Ascencio Rosario.
La sentencia también establece que el Estado no investigó el caso con la debida diligencia reforzada que exigen los estándares internacionales en casos de violencia sexual contra mujeres. La Corte subrayó que las autoridades ignoraron enfoques de género, edad y pertenencia étnica, factores clave al tratarse de una mujer indígena mayor en un contexto de militarización.
El fallo indica que la investigación se cerró de manera anticipada, sin agotar las líneas necesarias, y se apoyó en estereotipos étnicos, de género y edad. Estas ideas, añadió el tribunal, fueron reproducidas por altas autoridades del gobierno y generaron desconfianza hacia los testimonios de la víctima y su familia.
Además, la Corte constató que los familiares de Ernestina Ascencio enfrentaron obstáculos para acceder a la justicia debido a su condición de personas indígenas monolingües. También documentó presiones e intimidaciones dirigidas a frenar su búsqueda de verdad y justicia.
Como resultado, el tribunal concluyó que México violó múltiples derechos reconocidos en la Convención Americana sobre Derechos Humanos, así como disposiciones de la Convención de Belém do Pará y de la Convención Interamericana para Prevenir y Sancionar la Tortura, tanto en perjuicio de la víctima como de sus familiares.
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